Sunday, September 28, 2008

Yellow Fever vaccination requirements


An email in Spanish has been doing the rounds about a "new" yellow fever requirement to become effective on October 1, 2008. We have been unable to find any "Memorandum 089-DE/0091-DGS/MS" from the Panama Ministry of Health (MINSA) and none appear in the Ministry of Health (the usual self-congratulory press releases but no list of updated telephone numbers where to ask for information) or Official Gazette (lack of publication is a cause of action for an illegality suit) websites. The only mention of an October 1 deadline is in La Prensa (not known for strict fact-checking) when in Sept 26 they report extended hours for their Corozal vaccination facility..

Without need for the Memo to be true, under Article 10 of Law 47 of 2007, MINSA already has FEMA-type powers since December 7, 2007 to impose vaccination requirements on all foreign and local travellers. The rest of the information in the Spanish email is a compilation of factually true WHO warnings peppered with MINSA contact data (Corozal is written as "Corosal" - classic sign of a hoax).

The truth is that the Health Ministry at Corozal has been giving out the World Health Organization (WHO) yellow fever vaccination for travellers going to countries such as Brazil who have an actual requirement for vaccination coming from a tropical zone of countries mentioned in a WHO memo. Panama is included in the list of "yellow fever" countries but ironically the requirement can be circumvented by flying to Brazil via Miami, which is outside of the yellow fever zone.

MINSA has always recommended the yellow fever vaccination for travellers going to the Darien province. Having the vaccination still makes good common sense in a tropical country.

These are the La Prensa press item and the Spanish email about the unconfirmed memo.


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http://www.prensa.com/hoy/panorama/1533979.html


Panamá, viernes 26 de septiembre de 2008



Vía Rápida

Extienden horario para vacunación

1094925

SEGURIDAD. El Centro de Vacunación Internacional, ubicado en Corozal (camino a las esclusas de Miraflores), extendió el horario de atención de 7:30 a.m. a 12:00 de mediodía y de 1:00 p.m. a 3:00 p.m. de lunes a viernes, con el fin de garantizar que toda persona nacional o extranjera se vacune contra la fiebre amarilla para entrar o salir de Panamá.

Informes del Ministerio de Salud indican que a partir del próximo 1 de octubre la colocación de la vacuna será una obligación.


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Por este medio me permito informarles que por disposición de el Ministerio de Salud de acuerdo a circular 089-DE/0091-DGS/MS a partir del 01 de Octubre de 2008 se exigirá a todo viajero procedente de países en riesgo de fiebre amarilla de acuerdo al listado adjunto publicado por la Organización Mundial de la Salud y que ingresen al país la respectiva vacuna de la Fiebre Amarilla.

Esta normativa aplicará a los siguientes viajeros:

  1. Todo nacional en Panamá que viaje a países en riesgo, debe estar vacunado contra la fiebre amarilla.

  1. Para certificar la vacunación se debe cumplir con los siguientes requisitos:
    1. Tener el Certificado Internacional de Vacunación o Profilaxis
    2. Vigencia a 10 años
    3. Haberse vacunado al menos 10 días antes de llegar al país, con las excepciones conocidas.

  1. Indicaciones de vacunación contra la fiebre amarilla
    1. Niños de un año de edad en adelante o adultos que vivan o viajen a países en riesgo de transmisión de fiebre amarilla.
    2. Para residentes de nuestro país y extranjeros que deseen visitar las áreas de las Regiones de Salud de Darién, San Blas y Panamá Este.
    3. Para viajeros internacionales y nacionales que deseen viajar a países en riesgo de transmisión de fiebre amarilla, es obligatorio que todos sean vacunados 10 días antes del ingreso al país o lugar a visitar para que su certificado sea válido ante las autoridades internacionales.

4. Contraindicaciones:

a. Personas con enfermedades febriles agudas, con compromiso de estado general de salud.

b. Personas afectadas de Inmunodeficiencias secundarias (leucocis, linfomas, procesos neoplásticos) o en terapia de larga evolución con corticoides, antineoplásticos o radioterapia, así como en personas afectadas de infección por VIH.

c. Niños menores de 6 meses de edad.

d. Hipersensibilidad al huevo de gallina y sus derivados o proteínas de aves.

e. Embarazadas, salvo en situaciones de emergencias epidemiológicas, siguiendo recomendaciones expresas de las autoridades de salud.

f. Individuos con antecedentes de hipersensibilidad a la kanamicina y/o eritromicina.

  1. Precauciones:
    1. Gestantes, salvo que se haya cumplido el sexto mes de embarazo y requiera viaje inminente e imposible de diferir en el tiempo a áreas en riesgo de transmisión de fiebre amarilla o ser contacto próximo de caso confirmado y siempre con justificación epidemiológica.
    2. Los vacunados de cólera deben esperar para recibir la vacunación antiamarilla tres semana, pues de lo contrario el título de anticuerpos obtenido será muy bajo.
    3. La vacuna puede ser aplicada simultáneamente con otras vacunas. Si usted ha sido vacunado recientemente con cualquier otra vacuna, usted debe completar 4 semanas, para poder vacunarse contra la fiebre amarilla, salvo por excepción epidemiológica efectuada por las autoridades de salud.
    4. Quienes hayan recibido la vacuna en los 10 años anteriores, pues la duración de los títulos protectores eficaces alcanza 10 años.
    5. Cuadro febril agudo.
    6. Alergia tipo anafiláctico a algún componente vacunal.
    7. Si se tiene que certificar estas contraindicaciones para viajeros, se realizará en texto español, e inglés, explicando la razón clínica de la excepción.
    8. Se recomienda esperar 15 días después de la interrupción de una corticoterapia.
    9. Se debe especificar como aclaración, que la cloroquina no impide la buena eficacia vacunal.

  1. Certificación de contraindicaciones para viajeros:

Los médicos tratantes a solicitud de los pacientes o por su expresa solicitud, deberán presentar un texto en español e inglés que explique la razón clínica u otra de la excepción de la vacunación dirigida la directora Regional de Salud con copia al Epidemiólogo Regional de Salud, el Director Regional a su vez confeccionará nota al o las autoridades de salud correspondientes, establecidas por la ley: Autenticación por la Dirección General de Salud, Ministerio de Relaciones Exteriores y la del Consulado respectivo del o los países a donde se va a viajar.

7. El esquema de vacunación del país solo exige vacunación a los niños mayores de un año de edad.

8. En lo relativo a la Certificación de contraindicaciones de la vacunación antiamarílica para viajeros nacionales. Los médicos tratantes a solicitud de los pacientes o por su expresa solicitud, deberán presentar un texto en español e inglés que explique la razón clínica u otra de la excepción de la vacunación; la nota debe ser dirigida al Director Regional de Salud con copia al Epidemiólogo Regional, el Director Regional a su vez confeccionará nota para su autenticación a la Dirección General de Salud, Ministerio de Relaciones Exteriores y el Consulado del país respectivo a donde se va a viajar.

9. La normativa expresada en los puntos anteriores no aplica para los viajeros en tránsito: Aplica para aquellos países que no están ingresados en la lista de Países con Riesgo de Transmisión de Fiebre Amarilla. (Revisar Adjuntos).

Adicional a esta normativa señalamos dos aspectos de interés:

· Los pasajeros que no cumplan con la normativa de vacunación contra la fiebre amarilla establecida en este documento deberán ser devueltos al país de donde proceden, por la compañía aérea que lo trajo al país.

· Se concede plazo de gracia hasta el 01 de Octubre de 2008 para la implementación de esta normativa.

· Es necesario que de manera urgente e inmediata se divulguen nuevamente estas medidas a la población general y a nuestros representantes en el extranjero para asegurar su cumplimiento en beneficio de la salud pública nacional. Además, se solicita a todas las líneas aéreas su participación en el cumplimiento de las normas y al personal de salud, su aplicación en todos los puntos de entrada del país.

Finalmente deseamos informarles que el servicio de vacunación lo está prestando la Regional Metropolitana de Salud todos los días de 7:30 a.m. – 12:00 m.d. y de 1:00 p.m. – 3:00 p.m., tiene un costo de USD5 y están ubicados en Corosal, antiguo IDAAN, teléfonos 512-6600/6666.


LISTADO DE PAISES CON RIESGO DE TRANSMISIÓN

DE FIEBRE AMARILLA

PAÍSES





1

ANGOLA

24

GUYANA

2

ARGENTINA

25

KENYA

3

BENIN

26

LIBERIA

4

BOLIVIA

27

MALI

5

BRAZIL

28

MAURITANIA

6

BURKINA FASO

29

NIGER

7

BURUNDI

30

NIGERIA

8

CAMEROON

31

PANAMÁ

9

REPUBLICA CENTRAL AFRICANA

32

PARAGUAY

10

CHAD

33

PERU

11

COLOMBIA

34

RWANDA

12

CONGO

35

SAO TOME AND PRINCIPE

13

REPUBLICA DEMOCRATICA DEL CONGO

36

SENEGAL

14

COTE DÍVOIRE

37

SIERRA LEONE

15

ECUADOR

38

SOMALIA

16

GUINEA ECUATORIAL

39

SUDAN

17

ETIOPIA

40

SURINAME

18

GUYANA FRANCESA

41

TOGO

19

GABÓN

42

TRINIDAD AND TOBAGO

20

GAMBIA

43

UGANDA

21

GHANA

44

REPÚBLICA UNIDA DE TANZANIA

22

GUINEA

45

VENEZUELA

23

GUINEA-BISSAU



Nota: Este listado es publicado por la OMS y se puede obtener en la siguiente dirección electrónica: http//www.who.int/countries/vaccination/en/index.html

LISTADO DE PAÍSES QUE SOLICITAN VACUNACIÓN CONTRA LA FIEBRE AMARILLA A

LOS VIAJEROS INTERNACIONALES QUE PROCEDEN DE PAÍSES CON RIESGO DE

TRANSMISIÓN DE FIEBRE AMARILLA

PAISES





1

AFGHANISTAN

57

MALAYSIN

2

ALBANIA

58

MALDIVES

3

ALGERIA

59

MALTA

4

ANGUILLA

60

MAURITANIA

5

ANTIGUA Y BARBUDA

61

MAURITIUS

6

AUSTRALIA

62

MONSERRAT

7

BAHAMAS

63

MOZAMBIQUE

8

BAHRAIN

64

MYANMAR

9

BANGLADESH

65

NAMIBIA

10

BARBADOS

66

NAURU

11

BELICE

67

NEPAL

12

BHUTAN

68

ANTILLAS HOLANDESAS

13

BOLIVIA

69

NUEVA CALIDONIA

14

BOTSWANA

70

NICARAGUA

15

BRAZIL

71

NIGERIA

16

BRUNEI DANUSSALAM

72

NIUE

17

CAMBODIA

73

OMAN

18

CAPE VERDE

74

PAKISTAN

19

CHAD

75

PALAU

20

CHINA

76

PANAMÁ

21

CHRISTMAS ISLAND

77

PAPUA NUEVA GUINEA

22

COSTA RICA

78

PARAGUAY

23

DJIBOUTI

79

FILIPINAS

24

DOMINICA

80

ISLAS PITCAIRM

25

ECUADOR

81

REUNIÓN

26

EGIPTO

82

SANTA ELENA

27

EL SALVADOR

83

SAINT KITTS AND NEVIS

28

GUINEA ECUATORIAL

84

SANTA LUCIA

29

ERITREA

85

SAINT VINCENT AND THE GRENADINES

30

ETIOPIA

86

SOMOA

31

FIJI

87

ARABIA SAUDITA

32

POLINESIA FRANCESA

88

SENEGAL

33

GAMBIA

89

SEYCHELLES

34

GRENADA

90

SIERRA LEONA

35

GUADALUPE

91

SINGAPORE

36

GUINEA

92

ISLA SOLOMON

37

GUINEA-BISSAU

93

SOMALIA

38

GUYANA

94

SUR AFRICA

39

HAITÍ

95

SIRI LANKA

40

HONDURAS

96

SUDAN

41

INDIA

97

REPÚBLICA ARABE SIRIA

42

INDONESIA

98

SWAZILAND

43

REPÚBLICA ISLÁMIICA DE IRÁN

99

SURINAM

44

IRAQ

100

TAILANDIA

45

JAMAICA

101

TIMOR LESTE

46

JORDAN

102

TONGA

47

KASAKHSTAN

103

TRINIDAD Y TOBAGO

48

KENYA

104

TUNISIA

49

KIRIBATI

105

UGANDA

50

KOREA, DEMOCRATIC PEOPLE REPUBLIC OF

106

URUGUAY

51

LAOS PEOPLE´S DEMOCRATIC REPUBLIC

107

REPÚBLICA UNIDA DE TANZANIA

52

LEBANON

108

VIETNAN

53

LESOTHO

109

YEMEN

54

LIBYAN ARAB JAMAHIRYA

110

ZIMBAWE

55

MADAGASCAR



56

MALAWI



Nota: Este listado es publicado por la OMS y se puede obtener en la siguiente dirección electrónica: http//www.who.int/countries/vaccination/en/index.html




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